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Lugar: Barcelona, Spain

Mi nombre es Antonio, pero casi todo el mundo me conoce como Carrillo. Ese, siempre fue mi nombre de "guerra" desde que militaba en un partido de la izquierda extraparlamentaria en la clandestinidad y digo militaba, porque hace años que ya sólo milito para mí, para mi hija Laura, y mis amigos, así que ese nombre se quedó para siempre: Carrillo. Casi toda mi vida la he dedicado al mundo sindical. Allí en el Sindicato, realizo funciones de asesoramiento a trabajadores y trabajadoras. Me gusta mi trabajo y, como yo digo, encima me pagan.¿qué más puedo desear?. Hay algo de lo que no estoy cansado: Mi hija Laura, mi compañera María y mi equipo de fútbol el Barça, mi Barça.

13 noviembre 2007

Administraciones, bajad a la calle y mirad a vuestro alrededor



La vivienda es el segundo problema para el conjunto de los españoles y el primero para los jóvenes

La mayoría de los jóvenes quiere emanciparse pero tiene dificultades económicas para hacerlo. La edad media de emancipación en España está cercana a los 30 años (de las más altas de Europa).

El encarecimiento de la vivienda, ahora en tasas del 5%, sufrió un alza del 150% entre 1998 y 2005. En España el alquiler está poco desarrollado, representa el 11% del mercado, frente al 40% de media en Europa.El Gobierno socialista presentó el día 18 de septiembre de 2007 las primeras medidas para facilitar el acceso a la vivienda a los españoles con menores rentas y a los jóvenes que desean emanciparse. Estas son:


1º Ayudas destinadas a los JÓVENES:

- Renta de 210 euros al mes para el pago del alquiler para jóvenes, de entre 22 y 30 años, con ingresos máximos de 22.000 euros brutos anuales. La prestación podrá recibirse durante 4 años como máximo, lo que significaría 10.080 euros a lo largo de 48 meses.


Además de ello:
- 600 euros de préstamo para la fianza
- Un aval de seis meses para garantizar seguridad a los propietarios


2º Ayudas destinadas a las FAMILIAS y ALQUILADOS CON RENTAS MÁS BAJAS:

- Deducción fiscal del 10’5%, equivalente a la que se aplica a la compra de vivienda, SIN LÍMITE DE EDAD y para inquilinos con ingresos máximos anuales de 24.000 euros netos.

Y es más:
- La medida es compatible con la renta para el alquiler joven

Beneficiarios y el coste de estas medidas:

Renta de alquiler para jóvenes: En el primer año se estima que podrán beneficiarse 361.000 jóvenes (180.500 contratos de alquiler). El coste será de 436,5 millones de euros.

Deducción fiscal: 700.000 familias aproximadamente en un año, con un coste de 348 millones de euros.

A todo ello se suman medidas para dar MÁS SEGURIDAD y VENTAJAS a los PROPIETARIOS de las viviendas:

- El pago del aval incluido en la renta de alquiler para jóvenes

- La entrada en vigor el 1 de enero de 2008 de la deducción de rentas obtenidas por el alquiler.
- 100% de exención para los ingresos derivados de contratos con jóvenes menores de 35 años que se suma al 50% de exención para los demás casos.

Hasta aquí todo perfecto, pero… ¿si alguien no se encuentra en ésa franja, qué opciones tiene?. Me refiero a diferentes colectivos que una y otra vez están marginados y como ejemplo enumero un grupo de ellos: Minusválidos, gente no considerada de la 3ª edad –franja de 45 a 60 años-, personas separadas que no pueden disfrutar de su casa al tener que abandonarla y que para su desgracia deben de vivir de la buena voluntad de sus familias dado que pagando una pensión alimenticia a la esposa y/o a los hijos, ni tan siquiera pueden pagar un mísero alquiler, etc.

Yo creo que estos colectivos nombrados anteriormente, ya de por sí tienen dificultades para vivir cotidianamente y en consecuencia ni tan siquiera pueden acceder a una vivienda. Pero lo más preocupante es que ni tan siquiera las administraciones les tienen en cuenta.

Si sé que hay –al menos en Barcelona ciudad-, una reserva de un 2% de pisos de protección oficial para discapacitados. Eso es cierto, pero vuelvo a insistir ¿y el resto de colectivos? ¿NO EXISTIMOS?.

Un ejemplo sencillo podría ser perfectamente el mío: En su momento adquirí una vivienda que una vez deshecha la pareja y por decisión judicial, debo abandonar mi domicilio conyugal. Jurídicamente como soy propietario de una vivienda, no puedo acceder a otra vivienda, pero… ¿y mientras tanto, dónde vivo?. Ese colectivo, así como las personas de determinada edad que no siendo jóvenes ni personas de la 3ª edad están absolutamente dejados de la mano de las Administraciones que correspondan.

Señores de la Administración, deberían de bajar del cielo a la tierra y contemplar la realidad cotidiana. Sí es cierto que los jóvenes lo tienen imposible, pero no son los únicos, así que si todos somos iguales ante la Ley, apliquénla de igual forma para todos/as.